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EL MATRIMONIO CIVIL

EL MATRIMONIO CIVIL
TRAMITE NOTARIAL

I.- ANTECEDENTES:
El trámite notarial de MATRIMONIO CIVIL, está regulado por la Ley N° 31643 que modifica los Artículos 248, 250, 251, 253, 259 y 265 del Código Civil.
II.- DEFINICION DE MATRIMONIO
El Artículo 234 del Código Civil define al matrimonio como:
1.- Unión voluntaria concertada
2.- Varón y mujer aptos
3.- Formalizada por ante una Municipalidad o Notario
4.- Finalidad: hacer vida en común.
III.- NOTARIO COMPETENTE:
El trámite se realizará ante el Notario de la provincia del domicilio de cualquiera de los contrayentes, lo que se verificará con el certificado de domicilio que deben presentar.
IV.- SOLICITUD:
El proceso se inicia con una petición escrita del interesado, la cual deberá contener cuando menos:
a) La indicación precisa de contraer matrimonio;
b) Nombre, nacionalidad, DNI, edad, ocupación, estado civil y domicilio, de cada contrayente.
c) Nombre, ocupación, DNI, edad, estado civil y dirección, de dos testigos mayores de 18 años de edad.
Deben presentar los siguientes documentos:
– Copia certificada de la partida de nacimiento de cada contrayente, emitidas antes de 90 días. Si la partida es de provincia debe ser certificada por la RENIEC.
– Copia certificada de la partida de nacimiento de cada contrayente, emitidas antes de 90 días. Si la partida es de provincia debe ser certificada por la RENIEC.
– Certificado domiciliario expedido por notario.
– Certificado médico prenupcial, respecto de la existencia de enfermedades especialmente de tipo respiratorio y de transmisión sexual-ETS-como mínimo, emitidos por una entidad prestadora de salud pública o privada, no anterior de 30 días que acrediten su capacidad civil y en el caso de viudas o divorciadas que ha transcurrido 300 días de la muerte del marido o de la invalidez de su matrimonio.
El certificado debe comprender por los menos las siguientes pruebas: VDRL, HIV, BIOMETRICA HEMATICA, determinación del Grupo RH y la prueba de rubeola IGG.
– Declaración jurada de los testigos de conocer a los contrayentes por lo menos tres años antes y que saben que no tienen impedimento. (Artículos 241, 242 y 243 del C.C.).
– Copia del DNI de cada contrayente y de los testigos.
– Constancia negativa de matrimonio (certificado de soltería) expedida por la Municipalidad de nacimiento o del RENIEC o declaración jurada de cada contrayente.

CASOS ESPECIALES:
1.- DIVORCIADOS:
Adicionalmente deben presentar:
a.- Copia certificada de la partida de matrimonio con la anotación marginal de la disolución del vínculo matrimonial.
b.- Copia del DNI donde aparezca su estado civil de divorciado.
c.- Declaración jurada de cada contrayente de no tener hijos menores bajo su patria potestad y/o de no administrar los bienes de ellos.
d.- Constancia negativa de embarazo de la futura contrayente, si es que no han transcurrido 300 días calendarios de producido el divorcio.
2.- VIUDOS
Adicionalmente deben presentar:
a.- Copia certificada de la partida de defunción del cónyuge fallecido con una antigüedad no mayor de 3 meses.
b.- Copia del DNI donde aparezca el estado civil de viudo.
c.- Constancia negativa de embarazo de la futura contrayente si es que no han transcurrido 300 días calendarios siguientes al fallecimiento del marido.
3.- MENORES DE EDAD
Adicionalmente deben presentar testimonio de la escritura pública de autorización de matrimonio de menor de edad otorgada por ambos padres o copia certificada de la resolución judicial que autoriza el matrimonio de menor de edad, debidamente consentida.
4.- MATRIMONIO DE EXTRANJERO
Debe presentar todos los requisitos establecidos para los peruanos, siendo que las partidas de nacimiento, matrimonio o fallecimiento, deben contar con la debida Apostilla de la Haya o cadena de legalizaciones consulares, legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, y en su caso, con traducción oficial al idioma castellano.
Debe acompañar además:
a.- Certificado consular de soltería o viudez, según corresponda.
b.- Copia del Carnet de Extranjería vigente o Pasaporte en el que conste su ingreso al Perú y su permanencia autorizada.

MODELO DE SOLICITUD

Señor Notario:

Nosotros, JUAN RODRIGO DELGADO RAMOS, peruano, empleado, de 37 años de edad, con DNI N° 29236671, de estado civil soltero, con domicilio en la Urbanización Señorial A-30 del distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa y ALICIA EDITH ATAUCUSI PEREZ, peruana, empleada, de 29 años de edad, con DNI N° 29543435, de estado civil soltera, con domicilio en la Urbanización Señorial A-30 del distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa.

Solicitamos libre y voluntariamente contraer matrimonio civil, al amparo de lo dispuesto por la Ley N° 31643, para lo cual presentamos los siguientes documentos:

1.- Copia certificada de la partida de nacimiento de cada contrayente
2.-  Certificado domiciliario expedido por notario
3.- Certificado médico no anterior de 30 días con el que acreditamos que gozamos de capacidad civil y que no tenemos impedimento para contraer matrimonio.
4.-  Declaración jurada de dos testigos de conocer a los contrayentes por lo menos tres años antes y que saben que no tienen impedimento.
5.- Copia de nuestros DNI y de los dos testigos.
6.- Declaración jurada de soltería.  

Usted señor Notario sírvase tramitar la presente solicitud de acuerdo a Ley, disponer la publicación de un aviso en su despacho notarial por ocho días y un aviso que se publicará en el diario La República por única vez.

De no existir oposición solicitamos nos expida la certificación de capacidad legal y que estamos aptos para celebrar matrimonio civil y señalar día y hora para la celebración de nuestro matrimonio.

Arequipa, 20 de Febrero del 2023.

IV.- DE LOS TESTIGOS
Cada contrayente debe presentar dos testigos mayores de edad, vecinos de la provincia y que declaran conocer a los contrayentes por más de tres años, que no son parientes o familiares ni tienen impedimento para ser testigo previsto en el Artículo N° 56 del Decreto Legislativo N° 1049.
Artículo 56.- Impedimentos para ser testigos:
a.- Ser analfabeto
b.- Ser cónyuge, ascendiente, descendiente o hermano del compareciente.
c.- Ser cónyuge o pariente del notario dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
d.- Los que a juicio del notario no se identifiquen plenamentee.- Ser dependiente del notario

MODELO DE LA DECLARACIÓN

DECLARACION JURADA

Yo, Ignacio Beltrán Salas, de nacionalidad peruana, identificado con DNI N° 29245599, empleado, de estado civil soltero, con domicilio en la Calle La Merced N° 540, del distrito, provincia y departamento de Arequipa, de conformidad con lo establecido en el Articulo 248 del Código Civil,

DECLARO BAJO JURAMENTO:

1.- Que conozco por más de tres años al señor Juan López Iturriaga y a la señorita Juana Arrieta Salas.
2.- Que no existe impedimento para que los futuros contrayentes puedan contraer matrimonio civil.
3.- Que no soy familiar de ninguno de los contrayentes ni me encuentro incurso en los impedimentos para ser testigo señalado en el Artículo N° 56 del Decreto Legislativo N° 1049, Ley del Notariado.

En honor a la verdad legalizo notarialmente mi firma.

Arequipa, 20 de Marzo del 2023.  

………………………………………………….  

V.- TRAMITE
1.- Recibida la solicitud el notario anunciará el matrimonio de dos formas:
a.- Aviso – edicto que fijará en el local de la notaría, durante ocho días.
b.- Publicación de un aviso en el diario encargado de los avisos judiciales, por única vez.
Los avisos indicados contendrán:
– Nombre, nacionalidad, edad, ocupación y domicilio de cada contrayente.
– El lugar donde será celebrado el matrimonio.
– La advertencia de que todo el que conozca la existencia de algún impedimento debe denunciarlo.

MODELO DEL EDICTO Y DEL AVISO

EDICTO SOBRE MATRIMONIO CIVIL

ANTE MI DESPACHO NOTARIAL, UBICADO EN LA URBANIZACIÓN SEÑORIAL A-3, DEL DISTRITO DE CAYMA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, PRETENDEN CONTRAER MARIMONIO CIVIL, LAS SIGUIENTES PERSONAS:

1.- JUAN RODRIGO DELGADO RAMOS, peruano, empleado, de 37 años de edad, con DNI N° 29236671, de estado civil soltero, con domicilio en la Urbanización Señorial A-30 del distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa.
2.-  ALICIA EDITH ATAUCUSI PEREZ, peruana, empleada, de 29 años de edad, con DNI N° 29543435, de estado civil soltera, con domicilio en la Urbanización Señorial A-30 del distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa.

SI TIENE CONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE ALGUN IMPEDIMENTO, DEBE DENUNCIARLO POR ESCRITO EN EL DOMICILIO DE LA NOTARIA, DENTRO DEL PLAZO DE OCHO DIAS DE ESTE AVISO.

AREQUIPA, 20 DE MARZO DEL 2023.

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
NOTARIO

c.- OPOSICION.- Dentro del plazo de 8 días, contados desde la fecha de la publicación del aviso,  cualquier persona puede oponerse al matrimonio, por escrito y debe fundarse en causa legal.
Si no se funda en causa legal el Notario la rechazará de plano.
Si se fundara en causa legal se suspende inmediatamente el procedimiento y se remitirá todo lo actuado, al Juez de Paz Letrado del distrito del domicilio del notario.
VI.- DECLARACION DE CAPACIDAD:
De no presentarse oposición, el notario declarará la capacidad de los contrayentes y que pueden contraer matrimonio dentro de los cuatro meses siguientes.

MODELO DE CERTIFICADO:

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
NOTARIO DE AREQUIPA

CERTIFICA: que se han tramitado por ante mi despacho notarial la solicitud de matrimonio civil de los contrayentes:

1.- JUAN RODRIGO DELGADO RAMOS, peruano, empleado, de 37 años de edad, con DNI N° 29236671, de estado civil soltero, con domicilio en la Urbanización Señorial A-30 del distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa.
2.-  ALICIA EDITH ATAUCUSI PEREZ, peruana, empleada, de 29 años de edad, con DNI N° 29543435, de estado civil soltera, con domicilio en la Urbanización Señorial A-30 del distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa.

Habiendo acreditado los requisitos de ley y al no haberse presentado ninguna oposición ni se conoce de ningún impedimento:

DECLARO:  La capacidad legal de los pretendientes y que pueden contraer matrimonio civil dentro de los cuatro meses siguientes.

Expido la presente certificación para los fines legales consiguientes.

Arequipa, 20 de Marzo del 2023.  

VII.- CELEBRACION DEL MATRIMONIO
El matrimonio se celebra en el local de la notaría el día y hora fijado con anticipación. La ceremonia se realiza en acto público, la preside el Notario personalmente, los contrayentes y los testigos. A solicitud de los interesados podrá celebrarse el matrimonio en otro lugar, pero siempre con la presencia del Notario.
Iniciado el acto, el Notario da lectura a los siguientes artículos del Código Civil: 287, 289, 290, 418 y 419.
El notario preguntará a cada uno de los contrayentes si persisten en su voluntad de celebrar el matrimonio, y respondiendo ambos afirmativamente, extenderá el acta de casamiento, la que será firmada por los contrayentes, testigos y el Notario.


MODELO DE ACTA DE CASAMIENTO —————————————————————————————————————————- ACTA N°                                                            :             
CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL

En la ciudad de Arequipa, a los treinta días del mes de Marzo del dos mil veintitrés,  siendo las doce horas, ante mi XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, abogado y notario de Arequipa, con Documento Nacional de Identidad N° XXXXXXXXXX, Matrícula N° XXXXXX del CNA,  en mi despacho notarial ubicado en ………………………………………………….del distrito de ………………., provincia y departamento de Arequipa, se realizó la ceremonia de Matrimonio Civil de los siguientes contrayentes: JUAN RODRIGO DELGADO RAMOS, peruano, empleado, de 37 años de edad, con DNI N° 29236671, de estado civil soltero, con domicilio en la Urbanización Señorial A-30 del distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa; nacido en el distrito,  provincia y departamento de Arequipa, el 7 de junio de 1962 y  doña ALICIA EDITH ATAUCUSI PEREZ, peruana, empleada, de 29 años de edad, con DNI N° 29543435, de estado civil soltera, con domicilio en la Urbanización Señorial A-30 del distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa, nacida en el distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa, el 21 de setiembre de 1968;  quienes manifestaron libre y voluntariamente su deseo de contraer matrimonio civil al ampro de lo dispuesto por la Ley N° 31643; y con la asistencia de los siguientes testigos:
Por parte del contrayente: Juan Salcedo Valderrama, peruano, soltero, de 28 años de edad, identificado con DNI N° 29131200, con domicilio en San Juan de Dios 120, distrito, provincia y departamento de Arequipa y Edith Núñez del Carpio, peruana, casada, de 28 años de edad, identificada con DNI N° 29455523, con domicilio en la calle Melgar N° 330, distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa.
Por parte de la contrayente: Luis Enrique Alemán Zegarra, peruano, soltero, de 40 años de edad, identificado con DNI N° 29321456, con domicilio en la calle San Francisco 230, del distrito, provincia y departamento de Arequipa, y Esteban Salaverry Soto, peruano, casado, de 33 años de edad, con DNI N° 29567690, con domicilio en la Urbanización San Jerónimo A-24 del distrito, provincia y departamento de Arequipa.
El notario procedió a identificar a los contrayentes y testigos con sus respectivos documentos de identidad y verificó su identidad utilizando la comparación biométrica de las huellas dactilares del sistema de la RENIEC, y al examinarlos comprobó que proceden con capacidad legal, con total libertad y conocimiento suficiente de sus derechos, los mismos que se encuentran libres de todo impedimento.
Habiéndose cumplido con todos los requisitos que establecen los Artículos 248 y siguientes del Código Civil, dentro del plazo establecido por la Ley, procedo a celebrar públicamente el matrimonio civil solicitado por los contrayentes. Para dicho efecto en este acto, se procedió a dar lectura a los Artículos Nos. 287, 288, 289, 290, 418 y 419 del Código Civil.
Finalmente, el Notario advirtiéndoles sobre los efectos legales del presente matrimonio, les preguntó por separado a cada uno de los pretendientes si persisten en su voluntad de celebrar el matrimonio, y respondiendo ambos afirmativamente,

DECLARO:
1.- Celebrado el matrimonio civil y por tanto, legalmente casados al Señor Juan Rodrigo Delgado Ramos con la señora Alicia Edith Ataucusi Pérez.
2.- SE DISPONE   protocolizar e incorporar al Registro de escrituras públicas el acta de casamiento y agregar los documentos materia del matrimonio al final del tomo donde corre sentada la presente acta.
3.- Remitir los partes de la presente acta de casamiento para su inscripción en el RENIEC. Con lo que terminó la ceremonia, siendo las trece horas, dándose lectura a la presente acta, ratificándose en todas sus partes sin modificación alguna, y procedieron a firmar en señal de conformidad y sin observaciones, por los esposos, testigos y el Notario, de todo lo que doy fe..=  

VIII.- TRASLADOS NOTARIALES
1. Un testimonio de la escritura de casamiento se entregará a los contrayentes.
2. Se emitirá y remitirá partes del acta de protocolización del matrimonio civil a la RENIEC, para su inscripción.
Arequipa, Marzo del 2023

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