1. DEFINICIÓN:
Conocido como Contrato de facturación, o en Mexico se le denomina de responsión y de factoraje y presenta como característica el que una empresa encarga a otra, normalmente un Banco, para que se encargue de su facturación y cobranza, mediante la transmisión de sus créditos frente a terceros. El
Conocido como el contrato de ARRENDAMIENTO FINANCIERO, que se utiliza como un contrato moderno que responde a la necesidad empresarial de comprar bienes en general que sirvan para el desarrollo y crecimiento de la empresa, tales como inmuebles, maquinaria y equipos, sin que sea para ello necesario obtener una fuerte suma de dinero
Denominado también Contrato de Franquicia, cuyas características son que una de las partes llamado franquiciante, propietario de una marca, tecnología, nombre comercial, lema o invento, permite que la otra parte denominada franquiciado pueda usar, explotar o comercializarlo, contra el pago de una franquicia o regalía.
La Franquicia como técnica comercial nace
El Tema de la Fusión es ampliamente conocido al encontrarse expresamente regulado en nuestra Ley General de Sociedades, en cambio la ESCISIÓN es una figura jurídica nueva que últimamente se viene aplicando con frecuencia, aunque son pocas las personas que saben de ella, por cuanto no tiene un marco jurídico que la regule.
Al constituirse una Sociedad Mercantil, en la escritura pública se consigna el Capital Social aportado por los socios y la forma como éste ha sido suscrito y pagado.
Este Capital puede ser incrementado en cualquier momento, siempre que se encuentre totalmente pagado, por algunas de las siguientes formas:
I.
Es un contrato por el cual una persona llamado fiador se compromete a responder por el pago de una obligación de otra persona llamada deudor, en caso de incumplimiento. La fianza puede constituirse no sólo en favor del deudor sino de otro fiador.
Carácter accesorio de la fianza: El contrato de
Es una garantía constituida por el propietario de un bien mueble asegurando el cumplimiento de cualquier obligación, propia o de un tercero.
CARACTERÍSTICAS JURÍDICAS:
Es una obligación accesoria.- Garantiza siempre una obligación principal, de tal forma que rigen los principios de que si ésta se extingue, se extingue también la prenda.
Es una garantía constituida por el propietario de un inmueble asegurando el cumplimiento de cualquier obligación, propia o de un tercero.
Esta garantía es real, accesoria, indivisible y registrable, que permite que el propietario no pierda la posesión del bien.
REQUISITOS PARA SU VALIDEZ:
Que la hipoteca se constituya sobre el bien de propiedad del
La lesión es una de las más importantes y controvertidas figuras jurídicas de la contratación. El Art. 1447 del C. C. define a la lesión como una acción rescisoria que se utiliza cuando existe el aprovechamiento de una de las partes de la necesidad apremiante de la otra.
I. CARACTERÍSTICAS: La lesión opera
La figura de la excesiva onerosidad de la prestación es otro aporte del nuevo Código Civil y está inspirada en el elemental principio de la equidad. Lo tradicional es que el contrato nace para ser cumplido, sin embargo existen situaciones excepcionales que permiten que el contrato pueda ser revisado judicialmente, para evitar la
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